El teletrabajo dejó de ser una excepción para convertirse en parte del día a día de muchas PYMES españolas. Pero teletrabajar no es solo mandar a alguien a casa con el portátil: la Ley 10/2021 de trabajo a distancia establece obligaciones concretas sobre acuerdo de trabajo a distancia, medios, gastos, registro de jornada, prevención de riesgos y desconexión digital.
En esta guía te explicamos qué exige la ley de teletrabajo en 2026, a quién aplica y cómo organizar su cumplimiento, incluidos el control horario y la desconexión digital. Si eres cliente de Kloc con una suscripción activa, los Generadores de Protocolos están incluidos sin coste adicional y se utilizan desde kloc.es.
¿Qué es la Ley 10/2021 de trabajo a distancia?
La Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia regula en España el trabajo a distancia en el ámbito de las relaciones laborales a las que resulta aplicable. Sustituyó al Real Decreto-ley 28/2020 y establece derechos y obligaciones cuando el trabajo se realiza, total o parcialmente, fuera del centro de trabajo.
La ley distingue dos conceptos:
- Trabajo a distancia: la actividad se presta fuera del centro de la empresa de forma regular.
- Teletrabajo: una modalidad de trabajo a distancia que se realiza mediante medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
¿A quién se aplica la ley de teletrabajo?
La Ley 10/2021 considera regular el trabajo a distancia cuando, en un periodo de referencia de tres meses, alcanza un mínimo del 30 % de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente según la duración del contrato.
Como aproximación, en una jornada distribuida de lunes a viernes ese porcentaje equivale a alrededor de un día y medio por semana, aunque el cálculo jurídico debe realizarse sobre la jornada correspondiente y el período de referencia legal.
¿Y el teletrabajo ocasional o puntual? Si no alcanza el umbral de regularidad de la Ley 10/2021, pueden seguir siendo aplicables otras obligaciones laborales, como el registro de jornada, la prevención de riesgos y el derecho a la desconexión digital.
Las 6 obligaciones clave de la empresa en teletrabajo
1. El acuerdo de trabajo a distancia
El trabajo a distancia regular es voluntario y debe formalizarse mediante un acuerdo por escrito antes de comenzar esta modalidad o en los términos legalmente previstos. Entre otras cuestiones, debe recoger:
- Inventario de medios, equipos y herramientas.
- Gastos y forma de compensación.
- Horario de trabajo y reglas de disponibilidad.
- Porcentaje y distribución entre trabajo presencial y a distancia.
- Centro de trabajo de adscripción.
- Lugar elegido para el trabajo a distancia.
- Duración del acuerdo y, cuando proceda, reglas de reversibilidad.
La empresa debe entregar copia del acuerdo y de sus actualizaciones a la representación legal de las personas trabajadoras en los términos del artículo 6 de la Ley 10/2021 y cumplir las obligaciones de remisión que correspondan.
2. Compensación de gastos
La empresa debe sufragar o compensar los gastos relacionados con los equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de la actividad a distancia en los términos de la ley, la negociación colectiva y el acuerdo de trabajo a distancia.
3. Control horario y registro de jornada
Teletrabajar no elimina la obligación de registrar la jornada. El artículo 14 de la Ley 10/2021 exige que el sistema refleje fielmente el tiempo dedicado a la actividad e incluya, entre otros datos, el momento de inicio y finalización de la jornada.
La normativa vigente no impone con carácter general una aplicación concreta. Una herramienta digital puede facilitar la gestión, especialmente en equipos distribuidos. Puedes ampliar esta cuestión en nuestra guía sobre registro horario en 2026 y conocer las opciones de fichaje de Kloc.
4. Derecho a la desconexión digital
La Ley 10/2021 refuerza el derecho a la desconexión digital de quien trabaja a distancia, en conexión con el artículo 88 de la LOPDGDD y el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores. Puedes ampliar esta obligación en nuestra guía sobre la política de desconexión digital.
El empleador debe contar con una política interna que defina las modalidades de ejercicio del derecho y las acciones de formación y sensibilización correspondientes. Si eres cliente de Kloc con suscripción activa, un administrador puede generar una base personalizada del protocolo de desconexión digital, sin pagar un importe adicional por el documento.
5. Prevención de riesgos laborales
El trabajo a distancia está sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales. La evaluación debe tener en cuenta las características de esta modalidad y prestar atención, entre otros aspectos, a los factores ergonómicos, organizativos y psicosociales.
6. Igualdad de derechos y prevención del acoso
Las personas que trabajan a distancia tienen los mismos derechos que las que prestan servicios presencialmente, salvo aquellos que sean inherentes al trabajo presencial.
Además, las empresas deben adoptar medidas para prevenir conductas de acoso y establecer los procedimientos exigibles para canalizar denuncias o reclamaciones, especialmente en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo conforme al artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007. Otras obligaciones pueden depender del tamaño de la empresa, de su convenio o de normativa específica.
Los clientes de Kloc con suscripción activa disponen también de un Generador de Protocolo frente al Acoso Laboral en la página del protocolo de acoso laboral obligatorio. El documento debe revisarse y adaptarse a las obligaciones concretas de cada empresa.
Resumen de obligaciones
| Obligación | Norma principal | ¿Cuándo aplica? |
|---|---|---|
| Acuerdo de trabajo a distancia por escrito | Arts. 5-7 Ley 10/2021 | Cuando exista trabajo a distancia regular en los términos legales |
| Medios y compensación de gastos | Arts. 11-12 Ley 10/2021 | Cuando resulte aplicable la Ley 10/2021 |
| Registro de jornada | Art. 14 Ley 10/2021 + art. 34.9 ET | También en trabajo a distancia |
| Política de desconexión digital | Art. 18 Ley 10/2021 + art. 88 LOPDGDD | Cuando exista personal trabajador; con especial relevancia en trabajo a distancia |
| Prevención de riesgos | Arts. 15-16 Ley 10/2021 | Sí, en los términos de la normativa preventiva |
| Medidas y procedimientos frente al acoso sexual y por razón de sexo | Art. 48 LO 3/2007 | Todas las empresas, sin perjuicio de obligaciones adicionales |
¿Qué multas hay por incumplir la ley de teletrabajo?
Las infracciones se sancionan a través de la LISOS. La cuantía concreta depende del tipo de incumplimiento, su graduación y las circunstancias del caso.
A modo orientativo:
- No formalizar por escrito el acuerdo de trabajo a distancia cuando sea exigible puede constituir una infracción laboral.
- El incumplimiento de las obligaciones sobre registro de jornada puede calificarse como infracción grave.
- La vulneración del derecho a la desconexión digital puede proyectarse sobre distintas obligaciones laborales, preventivas o de protección de derechos, por lo que no existe una sanción única y automática denominada “multa por no tener protocolo”.
Las infracciones graves en materia de relaciones laborales se sancionan generalmente con multas de 751 € a 7.500 €, según la graduación aplicable. Consulta la LISOS consolidada.
Cómo organizar el cumplimiento paso a paso
- Identifica quién trabaja a distancia de forma regular según el umbral legal.
- Formaliza el acuerdo de trabajo a distancia con cada persona afectada.
- Define los medios y la compensación de gastos y déjalos correctamente documentados.
- Implanta un registro de jornada adecuado también para el trabajo remoto.
- Aprueba y aplica la política de desconexión digital. Si eres cliente de Kloc con suscripción activa, un administrador puede generar una base desde la página del protocolo de desconexión digital obligatorio.
- Revisa la prevención de riesgos del trabajo a distancia.
- Comprueba las medidas y procedimientos frente al acoso y el resto de obligaciones de igualdad aplicables a tu empresa. Recuerda que el protocolo de acoso laboral es obligatorio en todas las empresas; Kloc incluye un generador para suscriptores activos.
Preguntas frecuentes sobre la Ley de Teletrabajo
¿El teletrabajo es obligatorio para la empresa? No con carácter general. El trabajo a distancia regulado por la Ley 10/2021 es voluntario para la empresa y la persona trabajadora, sin perjuicio de derechos o supuestos específicos previstos en otras normas.
¿Hay que fichar teletrabajando? Sí. El registro de jornada también se aplica al trabajo a distancia y debe reflejar fielmente el tiempo de trabajo y, entre otros datos, el inicio y finalización de la jornada.
¿La Ley 10/2021 obliga a tener política de desconexión digital? La obligación general de elaborar una política interna está en el artículo 88 de la LOPDGDD. La Ley 10/2021 refuerza este derecho para quienes trabajan a distancia.
¿Qué pasa con el teletrabajo ocasional? Si no alcanza el umbral de regularidad de la Ley 10/2021, esa ley puede no resultar aplicable en su totalidad, pero siguen existiendo otras obligaciones laborales y preventivas.
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Con Kloc puedes:
- Registrar la jornada desde distintos dispositivos y exportar la información cuando la necesites.
- Gestionar vacaciones, incidencias e historial de modificaciones.
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Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento jurídico personalizado. Para casos complejos, consulta con un profesional.

